viernes, 29 de enero de 2010

NOTA DIPLOMATICA CONFIRIENDO TITULO DE NOBLEZA DE HISPANIA

IMPERIO DE HISPANIA

MINISTERIODE ESTADO


Protocolo 112/2010


S.M. Jose I
Reino Parlamentario de Serena

Me es grato informarle que S.C.M.I Policarpio II de Ventimaglia, Emperador de Hispania, ha tenido a bien otorgarle el Titulo de Nobleza de CONDE DE MONTERREY, por gracia especial, asi mismo se le confiere el titulo de NOBLE IMPERIAL y el titulo de CONSEJERO IMPERIAL, la dignidad que sera trasmisible por via masculina, le informo que tal dignidad no le con fiere la micronacionalidad Hispania.

La Carta-Patente de Nobleza que le otorga tal dignidad Condal ha sido firmada por el Emperador con fecha 29 de enero de 2010, teniendo efectos desde el dia de su firma, por lo que a partir de dicha fecha podra usar la dignidad de Conde de Monterrey. La Carta-Patente de Nobleza sera enviada por valija diplomatica el dia 30 de enero de 2010, por lo que apartir de la firma de la carta patente recibe el tratamiento de Excelentisimo Señor o sus abreviaturas Excmo. Sr..

Le expreso mis mas sinceras felicitaciones por este reconocimiento que el Imperio de Hispania hace a usted al Pueblo de la Republica de Serena por confiar en nuestra micronacion.

Reitero mis mas altas y distingidas consideraciones a Excelentisimo Señor Jose I de Serena, Conde de Monterrey y Rey de Serena, para su gobierno y su pueblo.

Dado en el Palacio de Ostrabara, a 29 de enero de 2010.


S.A. Marcelo de Blondigan
Ministro de Estado



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NOTA DIPLOMATICA DE ACEPTACION DE TITULO DE NOBLEZA

IMPERIO DE HISPANIA

MINISTERIO DE ESTADO

 

Protocolo ME-35/2010

 
Su Majestad Jose I
Reino Parlamentario de Serena
 
A nombre del Emperador manifiesto a usted que ha aceptado el titulo de nobleza que le ha conferido por Ordenanza Real del 29 de enero de 2010 del glorioso Reino Parlamentario de Serena, lo agradece de manera muy especial y al mismo tiempo lo recibe en nombre de todos los Hipanios, pues es un titulo aunque personal es un tributo que se rinde al Estado Micronacional de Hispania, reitera su deseo que nos visite en Visita de Estado, por lo que quedo en espera de la confirmacion de la fecha que usted proponga.
 
Le transcribo el Decreto Imperial de aceptacion de titulo de Nobleza:
 

DECRETO IMPERIAL

 

Al centro Escudo de Armas Imperiales

 

DECRETO POR EL QUE SE ACEPTAN LOS TITULOS Y PRERROGATIVAS OTORGADAS POR EL REINO PARLAMENTARIO DE SERENA A LA PERSONA DEL EMPERADOR

 

Protocolo 27/2010

 
A los súbditos y habitantes del Imperio de Hispania:
 
Policarpio II, Emperador por la gracia de Dios del Imperio de Hispania, Rey de Nueva Hispania, Rey de Nueva Franconia, Rey de Nueva Britania, Rey de Nueva Lusitania, Rey de Antigua Hispania, Principe de Antigua Cartago, Principe de Alejandria, Duque, Conde y Señor de las tierras del orbe bajo mi autoridad, Jefe de la Casa Imperial de Ventimaglia, Defensor de la Fe Catolica, en pleno uso de mis atribuciones por mi voluntad emito el presente decreto:
 
UNO. Por correspondencia oficial de fecha 29 de enero de 2010 a las 14:22 horas llegada al Ministerio de Estado, de parte de Su Majestad Jose I Rey del Reino Parlamentario de Serena, por medio del cual nos notifica que confiere al Emperador de Hispania el titulo de CONDE FLERES Y CABALLERO DE LA ORDEN DE LA CRUZ DE MALTA del Reino de Parlamentario de Serena, asi como Noble de la Casa Real de Serena con derecho a herencia por el Rey y todos sus sucesores, enviando diploma y confiriendo escudo de armas correspondiente. 
 
DOS. Acepto los titulos conferidos que se indican en el numeral anterior, en nombre propio y del Pueblo del Imperio de Hispania, titulo que pasa a formar parte del patrimonio del Emperador y de los Herederos y sucesores del Emperador. El Escudo de Armas del Condado de Fleres pasa a formar parte de las Insignias oficiales del Imperio de Hispania. Se ofrecen sinceros agradecimiento a S.M. Jose I de Serena y al Pueblo del Reino Parlamentario de Serena, por tan grande gracia y honor conferido, que les manifestamos nuestro apoyo en todo aquello que requieran.

TRES. Se instruye al Ministro de Estado que comunique al Jefe del Estado del Reino Parlamentario de Serena el presente acuerdo, al cuerpo diplomatico acreditado en Hispania, asi como a los demas Estados Micronacionales aun y cuando no sostengamos relaciones diplomaticas.
 
 
Para que lo obedezcan todos los subditos y habitantes publiquese el presente en las Actas Oficiales del Imperio, teniendo efectos el mismo dia de su firma, se derogan toda disposicion que se oponga al presente decreto, bajo pena de delito contra el mismo.
 
Dado en el Palacio del Albacete, en la memoria de San Afraates, anacoreta a 29 de enero del año del Señor de 2010.
 
 
S.C.M.I. Policarpio II
Emperador
 
TERMINO DEL TEXTO
 
Quedo de usted para todo lo que desee.
 
S.A. Marcelo de Blondigan,
Ministro de Estado

--- El vie 29-ene-10, Gobierno del Reino de Senara//Govern del Regne Senara <reinosenara@gmail.com> escribió:

De:: Gobierno del Reino de Senara//Govern del Regne Senara <reinosenara@gmail.com>
Asunto: Re: NOTIFICACION DE CONCECION DE TITULO DE NOBLEZA
A: "Ministerio De Estado Imperial" <ministeriodeestado@yahoo.com.mx>
Fecha: viernes 29 de enero de 2010, 14:22

Nuestro Reino quería también concederle un Título Nobiliario por nuestra gran equivocación tan deplorable.

Mediante este título se le nombra a usted Conde de Fleres.

Les adjuntamos el diploma y el escudo del Condado de Fleres.
 
Atentamente,
José I de Senara.
Rey de Senara



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NOTIFICACION DE CONCECION DE TITULO DE NOBLEZA

IMPERIO DE HISPANIA


MINISTERIODE ESTADO



Protocolo 101/2010



Sr. Constantino Vercello Almazan
Presidente de la Republica de Akhin

Me es grato informarle que S.C.M.I Policarpio II de Ventimaglia, Emperador de Hispania, ha tenido a bien otorgarle el Titulo de Nobleza de DUQUE DE VICHADA, por sus dotes como Jefe de Estado, por sus cualidades de Estadista y Diplomatico en el mundo de los Estados Micronacionales, la dignidad es ad personam, y le informo que tal dignidad no le con fiere la micronacionalidad Hispania, ni le concede derechos territorial alguno, ni lo hace súbdito del Imperio, solo reconoce los meritos por el que se le concede.

La Carta-Patente de Nobleza que le otorga tal dignidad Ducal ha sido firmada por el Emperador con fecha 28 de enero de 2010, teniendo efectos desde el dia de su firma, por lo que a partir de dicha fecha podra usar la dignidad de Duque de Vichada. La ceremonia de entrega solemne de la Carta-Patente de Nobleza sera el dia 30 de enero de 2010 como acordamos en platicas previas en el Palacio del Albacete en la Capital del Imperio.

Le expreso mis mas sinceras felicitaciones por este reconocimiento que el Imperio de Hispania hace a usted lo es tambien al Senado y al Pueblo de la Republica de Akhin por confiar en nuestra micronacion.

Reitero mis mas altas y distingidas consideraciones a Su Excelencia Constantino Vercelli Almazan, Duque de Vichada, para su gobierno y su pueblo.

Dado en el Palacio de Ostrabara, a 29 de enero de 2010.



S.A. Marcelo de Blondigan
Ministro de Estado





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miércoles, 27 de enero de 2010

COMUNICADO DE TERMINACION DE RELACIONES DIPLOMATICAS CON FREELAND

IMPERIO DE HISPANIA

MINISTERIO DE ESTADO

 

Protocolo ME-65/2010

 
Su Alteza Carvin Carter I
Principe del Estado Micronacional de Freeland
 
Le comunico el decreto emitido por Su Catolica Majestad Imperial Policarpio II, Emperador de Hispania, por el cual se da por terminado las relaciones diplomaticas entre nuestras micronaciones transcribimos el mismo para los efectos legales correspondientes:
 
DECRETO QUE DA POR TERMINADA LAS RELACIONES DIPLOMATICAS ENTRE EL PRINCIPADO DE FREELAND Y EL IMPERIO DE HISPANIA


 
A los súbditos y habitantes del Imperio de Hispania:
 
Policarpio II, Emperador por la gracia de Dios del Imperio de Hispania, Rey de Nueva Hispania, Rey de Nueva Franconia, Rey de Nueva Britania, Rey de Nueva Lusitania, Rey de Antigua Hispania, Principe de Antigua Cartago, Principe de Alejandria, Duque, Conde y Señor de las tierras del orbe bajo mi autoridad, Jefe de la Casa Imperial de Ventimaglia, Defensor de la Fe Catolica, en pleno uso de mis atribuciones por mi voluntad emito el presente decreto que da por terminada las relaciones diplomaticas entre los Estados Micronacionales de PRINCIPADO DE FREELAND y el Estado Micronacional IMPERIO DE HISPANIA:
 
UNO. A solicitud expresa de S.A. Carvin Carter I, Principe de Freeland, por misiva de fecha 1 de octubre de 2009, mediante la cual de manera unilateral declara la ruptura de las relaciones diplomaticas entre ambas micronaciones. El Imperio de Hispania con dicha fecha da por terminada las relaciones entre ambas micronaciones para todos los efectos legales y administrativos a los que haya derechos.
 
DOS. De conformidad con el articulo 1 del Tratado de Relaciones Diplomaticas entre el Principado de Freelando y el Imperio de Hispania firmado el 15 de septiembre de 2009 que establece "la personalidad juridica de cada Estado Micronacional firmantes del presente tratado surje del simple hecho de su existencia como persona de derechos intermicronacional, la aceptacion de esta personalidad es irrevocable e incondicional", en consecuencia debe tenerse para todos los efectos legales correspondientes todo Estado Micronacional, Micronacion, Asociacion de Micronaciones, Organismos Intermicronacionales, Asambleas de Jefes de Estados y de Gobiernos Micronacionales que el Principado de Freeland reconocio de manera libre y soberana IRREVOCABLE E INCONDICIONALMENTE LA PERSONALIDAD JURIDICA COMO ESTADO MICRONACIONAL INDEPENDIENTE Y SOBERANO AL ESTADO MICRONACIONAL IMPERIO DE HISPANIA, COMO SUJETO DE DERECHO INTERMICRONACIONAL, al tenor del tratado correspondiente visible en http://imperiodehispania.blogspot.com/2009/09/tratado-de-relaciones-diplomaticas_16.html, por lo que la terminacion y/o ruptura de las relaciones diplomaticas entre ambos Estados Micronacionales no afecta, interrumpe o destruye tal reconocimiento, lo anterior para todos los efectos legales que a derecho corresponda.
TRES. De conformidad con el articulo 1 del Tratado de Relaciones Diplomaticas entre el Principado de Freeland y el Imperio de Hispania firmado el 15 de septiembre de 2009 que establece "la personalidad juridica de cada Estado Micronacional firmante del presente tratado surge del simple hecho de su existencia como persona de Derecho Intermicronacional, la aceptaciones de esta personalidad es irrevocable e incondicional." en consecuencia debe tenerse para todos los efectos legales correspondiente todo Estado Micronacional, Micronacion, Asociacion de Micronaciones, Organismos Intermicronacionales, Asambleas de Jefes de Estados y de Gobiernos Micronacionales que el Imperio de Hispania reconocio de manera libre y soberana IRREVOCABLE E INCONDICIONALMENTE LA PERSONALIDAD JURIDICA COMO ESTADO MICRONACIONAL INDEPENDIENTE Y SOBERANO AL ESTADO MICRONACIONAL PRINCIPADO DE FREELAND, COMO SUJETO DE DERECHO INTERMICRONACIONAL al tenor del tratado correspondiente citado en el numeral anterior, por lo que la terminacion y/o ruptura de las relaciones diplomaticas no afecta, interrumpe o desptruye tal reconocimiento, lo anterior para los efectos legales correspondientes.
 
CUATRO. En consecuencia todo acto y/o accion y/o acuerdo y/o evento sucedido durante el tiempo que corre desde el 15 de septiembre de 2009 al 1 de octubre de 2009 la vigencia de las relaciones diplomaticas entre ambos Estados Micronacionales tiene valor pleno y vincula juridicamente a las partes contratantes.
 
QUINTO. Se deroga el decreto imperial protocolo 146/2009 de fecha 15 de septiembre de 2009, publicado en las Actas Oficiales del Imperio con fecha 16 de septiembre de 2009 visible http://imperiodehispania.blogspot.com/2009/09/decreto-imperial-sobre-tratado-con_16.html , en todas y cada unas de sus partes y que no se oponga al numeral cuatro del presente decreto.
 
SEXTO. Se instruye al Ministro de Estado que comunique al cuerpo diplomatico acreditado en Hispania, asi como a los demas Estados Micronacionales aun y cuando no sostengamos relaciones diplomaticas. Reservese la publicacion del presente decreto hasta el dia 27 de enero de 2010, sin que ello afecte su validez y eficacia desde el momento de su firma.
 
 
Para que lo obedezcan todos los subditos y habitantes publiquese el presente en las Actas Oficiales del Imperio, teniendo efectos el mismo dia de su firma, se derogan toda disposicion que se oponga al presente decreto, bajo pena de delito contra el mismo.
 
Dado en el Palacio del Albacete, en la fiesta de los Santos Angeles custodios a 2 de octubre del año del Señor de 2009.
 
 
S.C.M.I. Policarpio II
Emperador.
Fin del texto del decreto.
 
Reiteramos nuestra disposicion al dialogo y a todo lazos de amistad cuando asi lo disponga.
 
S.A. Marcelos de Blondigan
Ministro de Estado



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